miércoles, 25 de marzo de 2015

¿Dónde pondrá Hacienda la lupa de la Inspección este año?


Como cada año la AEAT publica sus directrices generales para las actuaciones de control tributario.

Además de poder iniciar una inspección por el conocimiento de cualquier acción o información que pueda presuponer una irregularidad tributaria o por la inexactitud de datos cruzados entre contribuyentes, a principio de cada año, nos “advierte” de en qué sectores concretos de actividad, va a poner especial énfasis, suponemos que porque estadísticamente tienen datos que reflejan altos riesgos de fraude fiscal en los mismos.

Para 2015, los sectores de actividad que nos rodean cotidianamente y que más pueden verse afectados  son:

1) Aquellas que se presten a utilizar software que permita llevar una doble contabilidad. Especialmente venta directa a consumidores finales

Podría referirse al sector de la restauración, donde han saltado noticias en los últimos meses y a tiendas minoristas con alta facturación por caja. ( Operación Pasta Fresca ) ( Bodas en negro )

2) Alquileres turísticos no declarados. Parece que se acabó aquello de poner el apartamento en una web de alquileres y sacarse un sueldo en los meses de verano.

3) Comercio electrónico, páginas web y redes sociales. Si tu página o tienda on line, tiene éxito, felicidades, pero no te olvides que debes tributar igual que el comercio de la esquina. Cuidado con los que presumís de trabajar desde casa con vuestro propio horario y ganando dinero con una web. Pueden  llamaros para saber de cuánto dinero estamos hablando.



Hay muchos más sectores y actividades de control, pero son más técnicas y requieren infraestructuras o tramas que no están al alcance del ciudadano de a pie, por eso no vamos a analizarlas en este post.
Si queréis ojear el BOE donde se publica, aquí lo tenéis


Y  SI QUIERES SABER SI TU ACTIVIDAD SE INCLUYE EN LAS DE ESPECIAL CONTROL TRIBUTARIO PARA ESTE AÑO, MÁNDANOS UN EMAIL Y TE LO ACLARAREMOS ENCANTADOS.




ADVERTENCIA Los artículos y opiniones de este blog no sustituyen un asesoramiento basado en el estudio individualizado y con conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso. No debe utilizarse este blog para tomar decisiones que puedan tener trascendencia jurídica, fiscal o económica en el futuro.